Diferentes autobuses para la enseñanza obligatoria

En política, los políticos, además de hacer y defender las leyes y decretos que vean convenientes, también deben de estar abiertos a los problemas y abiertos a las soluciones, razonar y escuchar otros razonamientos, distinguir lo justo de lo injusto, e intentar cambiar desigualdades e injusticias, siempre dentro de sus posibilidades.

En mi ambiente, en mi pueblo Pedroche, creo haber visto una injusticia. La verdad es que no es nueva, muchos otros la han visto antes, y la han protestado también, aunque con idéntico resultado: sin resultado.

Para ir situándonos, leamos rápidamente lo que dice nuestra ley sobre educación, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. En ella, según dice, «se regula la educación básica que, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, tiene carácter obligatorio y gratuito para todos los niños y jóvenes de ambos sexos y cuya duración se establece en diez cursos, comprendiendo la educación primaria y la educación secundaria obligatoria«:

Artículo 82. Igualdad de oportunidades en el mundo rural.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo anterior, en la educación básica, en aquellas zonas rurales en que se considere aconsejable, se podrá escolarizar a los niños en un municipio próximo al de su residencia para garantizar la calidad de la enseñanza. En este supuesto las Administraciones educativas prestarán de forma gratuita los servicios escolares de transporte y, en su caso, comedor e internado.

Artículo 84. Admisión de alumnos.
1. Las Administraciones educativas regularán la admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados de tal forma que garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres o tutores. En todo caso, se atenderá a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.

Artículo 88. Garantías de gratuidad.
2. Las Administraciones educativas dotarán a los centros de los recursos necesarios para hacer posible la gratuidad de las enseñanzas de carácter gratuito.

Según esta ley, la Educación Secundaria Obligatoria, ESO, tiene carácter obligatoria y gratuita, y las Administraciones educativas tienen la obligación de prestar de forma gratuita los servicios escolares de transporte, que garantice así el derecho a la educación en condiciones de igualdad y con la libertad de elección de centro.

A los alumnos de 3º y 4ª de ESO de Pedroche, la Consejería de Educación les tiene asignado el IES LOS PEDROCHES de Pozoblanco. Aunque, basándonos en la libre elección de centro, estos pueden hacerlo en el centro IES ANTONIO MARÍA CALERO de Pozoblanco. Es totalmente público y está ubicado justo al lado del anterior.

Lógicamente, por ley, el autobús que desplaza a los alumnos de 3º y 4º de ESO del IES LOS PEDROCHES es gratuito para estos. Y un dato, siempre dispone de plazas libres.

Pero, el autobús que desplaza a los alumnos de 3º y 4º de ESO del IES ANTONIO MARÍA CALERO le cuesta a estos durante el curso escolar unos 374 euros, 170 días por 2,20 €. La ley nos marca que esto es así, pero la lógica me lleva a pensar en injusticia: alumnos de un mismo curso, con un mismo horario, con la misma parada de autobús en origen y en destino, un mismo trayecto, se diferencian en que unos se gastan 374 euros al año y otros cero euros.

Además, se da la circunstancia de que este autobús ha entrada en funcionamiento gracias a la colaboración del Ayuntamiento de Pedroche, que lo subvenciona. En caso de no existir dicha ayuda, no habría transporte público disponible para poder ir los alumnos a las clases. Esto provocaría algo peor que el gasto que supone, la imposibilidad de asistir a dicha educación obligatoria.

Este hecho es totalmente discriminatorio e injusto para los alumnos del IES ANTONIO MARÍA CALERO provenientes de otros pueblos, en este caso de Pedroche.

La solución puede ser tan sencilla como permitir que los alumnos de 3º y 4º de ESO del IES ANTONIO MARÍA CALERO de Pedroche se suban en el mismo autobús que los de 3º y 4º de ESO del IES LOS PEDROCHES. No tendría mayor coste para la Administración.

Este tema, tal y como está aquí planteado, lo he expuesto en el Ayuntamiento de Pedroche y éste lo ha trasladado a la Delegación de Córdoba de la Consejería de Educación. Entiendo que la discriminación es demasiado importante para lo sencilla que puede ser la solución. No se piden más autobuses, no se piden cambios en horarios, hay plazas libres suficientes, no se pide más gasto.

Y desde la Delegación han contestado. Han contestado muy escuetamente con referencias a las leyes y decretos, sin soluciones, sin explicaciones, sin ningún tipo de sugerencia o justificación:

En relación a su escrito recibido en esta Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Córdoba, relativo a la solicitud de autorización de transporte escolar para que el alumnado de la localidad de Pedroche pueda ir transportado bien al I.E.S. «Los Pedroches» o al I.E.S. «Antonio María Calero» de Pozoblanco, le comunico que el Decreto 287/2009, de 30 de junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos (BOJA Nº 128 de 03/07209), en el artículo 3.2 establece que no tendrá derecho a la prestación gratuita del citado servicio el alumnado escolarizado en un centro distinto al asignado por la Administración Educativa, correspondiéndole a la localidad de los Pedroches el I.E.S. «Los Pedroches» para las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y bachillerato.

Y para más inri, en la respuesta nombra erróneamente al pueblo. No estamos hablando de la «localidad de los Pedroches», sino de la localidad de PEDROCHE.

No lo veo justo.

Pedro de la Fuente Serrano
28 de octubre de 2014

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